Newsletter Noviembre 2007:
INSIDER TRADING: PRIMER FALLO DE LA CORTE SUPREMA
En un fallo reciente, la Corte Suprema de Justicia de la Nación
(CSJN) confirmó una multa de más de $1 millón impuesta por la
Comisión Nacional de Valores (CNV) a ex ejecutivos de la empresa
Terrabusi. El Tribunal entendió que manipularon información
confidencial para obtener ventajas en el mercado con acciones de la
compañía.
Dicha práctica conocida como "insider trading", consiste
básicamente en la negociación de títulos valores de una sociedad
que realiza oferta pública, por parte de ciertas personas que -en
razón, actividad, posición o relación- tengan acceso a información
relevante y no pública, y que a su vez valiéndose de dicha
información obtengan utilidades a costa de los restantes inversiones
del mercado que desconocen esa información.
La figura está regulada legalmente en el país ( a través del
decreto 677/01). Sin embargo, es la primera vez que un caso de ese
tipo llega a la máxima instancia judicial. Por eso, el fallo
"Terrabusi" podría ser considerado de ahora en más como un
precedente clave para otros casos similares.
En el caso, la operatoria tuvo lugar a fines de 1993 cuando algunos
accionistas y directores de Terrabusi iniciaron negociaciones con
Nabisco para la venta del paquete de control, las que conluyeron con
la suscripción de una carta de intención sobre el precio y cantidad
de las acciones a vender, a la vez que fijaron un plazo dentro del
cual se completaría la operación, sin divulgar públicamente el
precio convenido.
Dentro de dicho plazo, los accionistas y directores que conocían
los términos del acuerdo, realizaron varias operaciones en el mercado
mediante las cuales se desprendían de sus acciones de Terrabusi
cuando el precio superaba el ofrecido por Nabisco y luego recompraban
los mismos papeles cuando cotizaban por debajo del precio estipulado.
La sala D de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial
revocó la Resolución nº 11.377 mediante la cual la CNV había
aplicado la sanción de multa a los señores Beatriz Auge de Spaghi,
Patricia Spaghi, Gilberto L. Montagna y Francisco Prea y dispuso su
absolución por los cargos de utilización de información relevante y
no pública a fin de obtener ventajas para sí o para terceros al
operar en el mercado de valores con acciones de Terrabusi S.A. Contra
esta sentencia, la CNV interpuso recurso extraordinario, que fue
concebido.
Finalmente, con fecha 24 de abril de 2007, la CSJN revocó el
pronunciamiento absolutorio de la Cámara Comercial, confirmando en
instancia final la resolución de la Comisión Nacional de Valores.
Luego de un extenso proceso que duró poco más de diez años, la
CSJN falló por primera vez en un caso de insider trading en nuestro
país, fundamentando su decisión en los principios de transparemcoa y
equidad que deben regir en el ámbito de la oferta pública, y en
especial, en la violación por parte de los administradores de los
deberes de guardar reserva y en la prohibición de utilización de
información relevante y no pública.
Este fallo sienta precedente importante para casos donde la CNV
aplicó sanciones en ejercicio de su función de fiscalización, y que
se encuentran aún pendientes de resolución en sede judicial.
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